Santo Domingo; República Dominicana: Con una ofrenda floral en la explanada del Congreso Nacional, varios diputados conmemoraron este viernes 03 de marzo el aniversario número 178 de la fundación de la Cámara de diputados.
La iniciativa de este acto fue del diputado nacional por el partido Frente Amplio, Juan Dionicio Rodríguez, quien también preside la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara. También le acompañaron los diputados Lily Florentino, Ramón Ceballo, Adalgisa Abreu, Israel Mañón, Geraldo Concepción. Entre otros presentes.
ANTECEDENTES
El 24 de julio de 1844, la Junta Gubernativa convocó para que entre los días del 20 al 30 de agosto se eligieran 32 constituyentes de las cinco provincias determinadas y 32 comunes, los precitados constituyentes.
El 22 de septiembre del mismo año se reunieron los constituyentes que posteriormente votaron por la primera Carta Magna el 6 de noviembre de 1844.
Nuestra primera Constitución creó en título IV; “De la soberanía y del ejercicio de los poderes que de ella emana” El artículo 40 estableció que los poderes son, el Legislativo, el Ejecutivo, y el Judicial.
El capítulo II del Título IV establece el poder Legislativo; en su artículo 46 consagra el Tribunado (Cámara de Diputados) constituida por quince (15) diputados nombrados por elección indirecta en razón de tres por cada provincia. En su artículo 49 establecía que los tribunos se elegían por seis años, y el art. 50 que la renovación del Tribunado sería cada dos años por tercera parte, en serie de tres, uno por cada provincia. El art. 51 señalaba que; los de primera vez acabarían sus funciones a los dos años; los de segunda a los cuatro años y los de la tercera, al cabo de los seis años.
Los Tribunos podían reelegirse indefinidamente, y solo se le pagaba durante sesiones legislativas que se realizaban cada tres meses y se podía prolongar por un mes más. Además de legislar, los tribunos solo tenían dos funciones, presentar ante el Consejo Conservador (Senado) los candidatos para ser juez y denunciar ante el Consejo al presidente y secretario de Estado, por violación o malversación y traición a la Constitución y sus leyes.
La Constitución del 1844 contaba con once títulos, 210 artículos y un título adicional con un artículo, el 211, en la que indicaba que una vez reunido los cuerpos legislativos tenían que votar las siguientes leyes; a) Sobre elecciones; b) Sobre Hacienda Pública; c) Sobre la responsabilidad de los Ministros y demás agentes del Poder Ejecutivo; d) Sobre la organización judicial; e) Sobre la administración Municipal de las Provincias y comunes; f) Sobre la libertad de Imprenta; g) Sobre la Instrucción Pública; h) Sobre el Código Penal Militar; I) Sobre la organización de la Guardia cívica; j) Sobre la total extinción de tributos, capellanía…..
Conforme la disposición transitoria de la Constitución del 6 de noviembre de 1844, establecida en el artículo 207, los cuerpos legislativos serán electos y se reunirán en el más breve plazo.
El 27 de enero de 1845 se celebraron elecciones en la naciente nación dominicana, fueron electo los miembros del Tribunado (Cámara de Diputados), quince (15) en total; Consejo Conservador (Senado) 5 (cinco) y sesionaron por primera vez el 03 y el 8 de marzo respectivamente.
El lunes 3 de marzo del 1845, fueron convocados los tribunados; Por Santo Domingo; Lic. José Joaquín Delmonte, Francisco Javier Abre y Juan Bautista Lovelace.
Por Santiago: José Desiderio Valverde, Toribio López Villanueva y Joaquín Portes.
Por la Vega: José Concepción Tavera, Juan Bautista Ariza y Santiago Calderón.
Por Azua: Bernardo Secundino Aybar, Juan Francisco Herrera y Alejo Justo Chanlatte.
Por El Seibo: Rafael Pérez, Lorenzo Hernández y Luis Devers.
Siendo las once de la mañana del viernes 3 de marzo de 1845, se comprobó el quórum con la presencia de todos los tribunos, escogiendo el mayor de edad para que presidiera de manera provisional la presidencia ad- Hoc. Recayendo la selección del ex magistrado Lic. José Joaquín Delmonte, por ser la mayor de edad. Inmediatamente; se presentaron las ternas para escoger el Bufete Directivo del Tribunado, seleccionando a los siguientes: Lic. José Joaquín Delmonte, presidente, Juan Bautista Lovelace, secretario y José Concepción Tavera, secretario.
Una vez electo este primer bufete directivo del tribunado, de inmediato se convocó y sesiono ese mismo día para dotar la naciente nación dominicana del andamiaje jurídico institucional que había definido la constitución de 1844. El 8 de marzo el Consejo Conservador haría lo propio, siendo su primer presidente, Buenaventura Báez.
La primera ley aprobada por el Tribunado, luego de declarada de urgencia y en dos lecturas consecutivas fue la “Ley Electoral” el 9 de abril de 1845, la cual fue enviada al Consejo Conservador. Esta ley de tan solo 27 artículos, tenía elementos que los legisladores de aquella época mostraban una visión mucho más democrática que hoy, aun con las limitaciones de la época.
Al dirigir el acto del aniversario de ese órgano legislativo, Juan Dionicio Rodríguez dijo que “recordar esa fecha histórica del nacimiento del Tribunado, antecedente de nuestra hoy Cámara de diputados, es recordar nuestros primeros legisladores y mantener viva la llama de la historia como una vía de ser fieles a la tradición que forjó la República Dominicana, nuestra bandera, escudo e himno, que son imperecederos como lo es nuestro territorio”.